En el ámbito laboral, es esencial comprender las circunstancias bajo las cuales se puede dar por terminada una relación laboral sin que el patrón asuma responsabilidad. Estas causas están definidas en el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo y tienen como objetivo garantizar la integridad, el cumplimiento de las normas y la ética en el entorno laboral.
A continuación, te compartimos detalladamente las situaciones en las que la relación de trabajo puede ser rescindida sin responsabilidad para el empleador:
Artículo 47 – Causas de Rescisión de la Relación de Trabajo sin Responsabilidad para el Patrón
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, se consideran causas de rescisión de la relación laboral sin responsabilidad para el patrón las siguientes:
- Engaño del Trabajador: Si el trabajador o, en su caso, el sindicato que lo hubiera propuesto o recomendado, engañan al patrón mediante la presentación de certificados falsos o referencias en los que se atribuyan al trabajador capacidades, aptitudes o facultades que no posee. Esta causa de rescisión se vuelve ineficaz después de treinta días de prestar sus servicios el trabajador.
- Faltas de Probidad o Honradez: Cuando el trabajador, durante su desempeño laboral, incurre en faltas de probidad, actos de violencia, amagos, injurias o malos tratos contra el patrón, sus familiares, el personal directivo o administrativo de la empresa o establecimiento, así como contra clientes y proveedores del patrón, a menos que medie provocación o que sea en defensa propia.
- Alteración de la Disciplina Laboral: Si el trabajador comete cualquiera de los actos mencionados en la fracción anterior en contra de sus compañeros, y como consecuencia de ello se altera la disciplina en el lugar de trabajo.
- Graves Actos Fuera del Servicio: Cuando el trabajador comete actos graves, fuera del servicio, en contra del patrón, sus familiares o el personal directivo-administrativo, que hacen imposible el cumplimiento de la relación laboral.
- Perjuicios Materiales Intencionados: Si el trabajador causa perjuicios materiales de manera intencionada durante su trabajo o con motivo de este, afectando a edificios, obras, maquinaria, instrumentos, materias primas y otros objetos relacionados con su labor.
- Perjuicios Graves por Negligencia: Si el trabajador causa perjuicios, incluso sin dolo, pero con negligencia grave que sea la causa única del perjuicio.
- Compromiso de la Seguridad: Cuando el trabajador, debido a imprudencia o descuido inexcusable, pone en peligro la seguridad del establecimiento o de las personas en él presentes.
- Actos Inmorales o Acoso: Si el trabajador comete actos inmorales o actos de hostigamiento y/o acoso sexual contra cualquier persona en el establecimiento o lugar de trabajo.
- Revelación de Secretos Empresariales: Cuando el trabajador revela secretos de fabricación o asuntos confidenciales que perjudican a la empresa.
- Faltas de Asistencia Injustificadas: Si el trabajador acumula más de tres faltas de asistencia en un período de treinta días sin permiso del patrón o sin causa justificada.
- Desobediencia sin Justificación: Cuando el trabajador desobedece al patrón o a sus representantes sin causa justificada, siempre que se refiera al trabajo contratado.
- Negativa a Medidas Preventivas: Si el trabajador se niega a adoptar medidas preventivas o a seguir procedimientos indicados para evitar accidentes o enfermedades.
- Presencia en Estado de Embriaguez o Bajo Influencia de Sustancias: Cuando el trabajador asiste a sus labores en estado de embriaguez o bajo la influencia de narcóticos o drogas enervantes, a menos que exista una prescripción médica. En este caso, el trabajador debe informar al patrón y presentar la prescripción médica antes de iniciar su servicio.
- Sentencia de Prisión: Si el trabajador recibe una sentencia ejecutoriada que lo condena a prisión y esto impide su cumplimiento de la relación laboral.
Es importante recordar que estas son las causas establecidas por la Ley Federal del Trabajo para la rescisión de la relación laboral sin responsabilidad para el patrón.