"Si no te gusta, ahí está la puerta." "Te puedo correr cuando quiera." Si escuchas frases como estas de forma repetida, no estás exagerando ni eres "demasiado sensible": vivir bajo la amenaza constante de perder tu empleo desgasta tu salud, tu desempeño y tu tranquilidad. Y, sobre todo, puede constituir hostigamiento laboral, una conducta que la Ley Federal del Trabajo (LFT) prohíbe expresamente.
En México, tu empleo no es un favor que tu jefe te hace: es un derecho con protección legal. El patrón sí puede rescindir una relación de trabajo cuando hay causa justificada, pero usar el despido como arma para intimidarte, presionarte o humillarte de manera reiterada cruza la línea. En esta guía te explicamos, con base en la ley, qué es el hostigamiento, cuándo se configura, qué tipos existen y los pasos concretos para protegerte y, si es necesario, denunciar.
¿Qué es el hostigamiento laboral?
El hostigamiento laboral (o mobbing) es un conjunto de conductas abusivas, intimidatorias o humillantes que se repiten contra una persona trabajadora. En México, el artículo 3 Bis de la Ley Federal del Trabajo lo reconoce y prohíbe. Amenazar de forma constante con el despido encaja en esta definición cuando busca intimidar, presionar o desgastar a la persona.
El hostigamiento laboral, también conocido como acoso laboral o mobbing, se refiere a una serie de conductas abusivas, intimidatorias o humillantes dirigidas repetidamente hacia una persona trabajadora en el entorno laboral. Estas conductas, que pueden provenir de compañeros, superiores jerárquicos o incluso clientes, tienen como objetivo crear un ambiente hostil y afectar negativamente la salud mental y el desempeño de la persona afectada.
Puede manifestarse de diversas formas: insultos, burlas, discriminación, manipulación de información o difusión de rumores falsos. Sus consecuencias son serias tanto para la salud física y mental de la víctima como para el clima laboral y el funcionamiento de la empresa. Como persona trabajadora, tienes derechos y nadie debería amenazarte de forma reiterada con la pérdida de tu empleo: ese tipo de presión va en contra del trato digno que la ley te garantiza.
¿Cuándo se considera hostigamiento laboral?
Se considera hostigamiento cuando las conductas son repetidas, intencionales, no consentidas y causan un daño real (estrés, ansiedad, baja en el desempeño). Un comentario aislado o una llamada de atención justificada no bastan: la clave es el patrón sostenido en el tiempo dirigido a intimidar o humillar.
Para que se considere hostigamiento laboral, las conductas deben cumplir con ciertos criterios. Los principales son:
- Repetición y persistencia: Las conductas abusivas se producen de manera repetida y prolongada en el tiempo, no como eventos aislados.
- Intencionalidad: Las acciones se realizan con la intención de intimidar, humillar o crear un ambiente laboral hostil.
- Impacto negativo: Afectan la salud mental, el bienestar y el desempeño de la persona, lo que puede manifestarse en estrés, ansiedad, depresión o caída de la productividad.
- Falta de consentimiento: La persona afectada no ha consentido las conductas y las percibe como no deseadas o inapropiadas.
- Violación de derechos: Implican vulnerar derechos laborales y humanos, como el derecho a un ambiente de trabajo seguro, a la integridad personal y a la igualdad y no discriminación.
Es importante distinguir: una instrucción firme, una evaluación de desempeño o una llamada de atención fundada no son hostigamiento. Lo que convierte una situación en acoso es el patrón abusivo y reiterado, sin causa legítima, orientado a dañar. Por eso la documentación con fechas es tan valiosa: ayuda a demostrar que existe un patrón y no un hecho aislado.
¿Cuáles son los tipos de hostigamiento laboral?
Existen varios tipos de hostigamiento: psicológico o emocional, sexual, discriminatorio, vertical (de un jefe hacia un subordinado), horizontal (entre pares) y cibernético. Las amenazas reiteradas de despido por parte de un superior corresponden, típicamente, a hostigamiento psicológico de tipo vertical.
El hostigamiento laboral puede manifestarse de diversas formas, y es crucial identificarlas para abordar adecuadamente el problema:
- Hostigamiento psicológico o emocional: Acciones destinadas a menoscabar la autoestima y la integridad emocional, como insultos, burlas, críticas constantes y amenazas (incluida la amenaza permanente de despido).
- Hostigamiento sexual: Conductas no deseadas de naturaleza sexual que crean un ambiente hostil, como comentarios inapropiados, insinuaciones, solicitudes de favores sexuales o tocamientos no consentidos. En México puede tener, además, consecuencias penales.
- Hostigamiento discriminatorio: Ocurre cuando la persona es hostigada por características protegidas por la ley, como género, raza, orientación sexual, edad o discapacidad, mediante comentarios denigrantes o actitudes excluyentes.
- Hostigamiento vertical y horizontal: El vertical sucede entre un superior jerárquico y un subordinado; el horizontal, entre compañeros del mismo nivel. Ambos pueden implicar intimidación, exclusión o sabotaje.
- Hostigamiento cibernético (cyberbullying laboral): Acoso a través de correos, redes sociales o mensajes, incluyendo difusión de rumores, amenazas o contenido ofensivo.
Identificar el tipo de hostigamiento ayuda a las empresas a implementar estrategias efectivas para prevenirlo y atenderlo, y promueve un entorno seguro y respetuoso para todo el personal. Para los empleadores, esto no es opcional: la NOM-035-STPS-2018 obliga a identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, incluido el acoso, en todos los centros de trabajo.
Tu empleo es un derecho, no un favor. Las amenazas constantes de despido no son liderazgo: son hostigamiento, y la ley está de tu lado.
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Medidas para protegerte ante el hostigamiento laboral
Para protegerte: documenta cada amenaza con fecha, hora y testigos; conoce tus derechos en la LFT; denuncia ante Recursos Humanos y, si persiste, ante la PROFEDET o la STPS. Si los malos tratos son graves, puedes rescindir la relación por causa imputable al patrón (art. 51 LFT) conservando tu indemnización. La evidencia es tu mejor defensa.
- Documenta las amenazas: Registra de manera detallada todas las amenazas y conductas, indicando fecha, hora, lugar, personas presentes y qué se dijo. Guarda mensajes, correos y capturas.
- Habla con tu jefe (si es seguro hacerlo): Cuando sea posible, expresa tus preocupaciones de manera clara y respetuosa, buscando entender el motivo de las amenazas y manifestando tu deseo de trabajar en un ambiente sano.
- Consulta tus derechos laborales: Familiarízate con la LFT, en especial los artículos 3 Bis (definición de hostigamiento y acoso), 47 (causas de rescisión por el patrón) y 51 (rescisión sin responsabilidad para ti por malos tratos).
- Denuncia ante Recursos Humanos o un comité interno: Si el hostigamiento persiste, informa a RH o a la instancia de la NOM-035, entregando la documentación recopilada.
- Busca apoyo sindical o de representantes: En algunos casos, el sindicato o los representantes de los trabajadores pueden acompañarte en el proceso.
- Acude a la PROFEDET o a la STPS: Si las medidas internas no resuelven el problema, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) ofrece asesoría y representación gratuitas, y puedes presentar quejas ante la STPS por incumplimiento de la NOM-035.
- Busca asesoría legal: En situaciones complejas o si decides rescindir la relación o demandar, la asesoría de un abogado laboralista es clave para proteger tus derechos y tu indemnización.
- El hostigamiento laboral está prohibido por el artículo 3 Bis de la LFT.
- La clave para que se configure es el patrón repetido, intencional y no consentido.
- Documentar con fechas convierte tu experiencia en evidencia útil ante la autoridad.
- Por malos tratos del patrón puedes rescindir conservando tu indemnización (art. 51 LFT).
- La PROFEDET asesora y representa de forma gratuita a las personas trabajadoras.
Documentar de forma objetiva tu jornada, tus horarios y tus condiciones de trabajo también fortalece tu posición. Un control de asistencia confiable deja un registro imparcial de tus entradas, salidas y horas trabajadas, lo que ayuda tanto a las personas trabajadoras como a las empresas que quieren operar con transparencia. Si te interesa entender mejor el marco que viene para los registros de jornada, puedes leer nuestra guía sobre el registro electrónico de jornada laboral y la reducción de la jornada a 40 horas.
Recuerda: informarte sobre tus derechos laborales es esencial para garantizar un entorno de trabajo justo y respetuoso. No estás solo y la ley te respalda.

