Jornada Diurna: Todo lo que debes saber

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¿Qué es la Jornada Diurna?

Jornada Diurna | Al respecto, el artículo 60 de la Ley Federal de Trabajo (LFT) dice:

“La Jornada Diurna es la comprendida entre las seis y las veinte horas …”

Mientras que el artículo 61 la describe como: 

“La duración máxima de la jornada será: ocho horas la diurna…”

Al momento de que el patrón y el trabajador firmen el contrato laboral, es aquí donde se va a especificar la naturaleza de la jornada laboral, ya que también puede ser nocturna o mixta. Y a pesar de lo establecido por el artículo 60 de la LFT, el horario de la jornada diurna queda a convenir por las partes involucradas de la relación laboral. Eso sí, sin que esto pueda exceder los máximos establecidos en la LFT. 

También se podrá dar una reasignación de horas de la jornada laboral para asegurar así que el trabajador pueda tomar la tarde del sábado libre (o de otro día), o bien para evitar que trabaje ese día. 

Es importante recordar que sin importar si se habla de jornada diurna, nocturna o mixta; si el trabajador no puede salir del lugar en el que presta sus servicios en su hora de comida, este tiempo será contabilizado a su jornada de trabajo diaria. Es decir que si su jornada es diurna, lo que significaría que labore 8 horas y su hora de comida lo pasa en las instalaciones de la empresa; el trabajador solo tendría que laborar 7 horas. 

En cuánto a extender las horas de trabajo, también es válido. Pero solo podrá ser por un período máximo de tres horas diarias y no más de tres veces a las semana. Además, dichas horas extras se pagaran al doble. En caso de que el trabajador labore más de 9 horas a la semana, estas se cubrirán al triple. 

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Y sí, aunque hoy en día es común que los trabajadores laboren horas extra; estos siempre estarán en su derecho de rechazar a trabajar por más tiempo del que le corresponde en su jornada laboral. 

Si la industria lo requiere o si se cuenta con menores de 16 años en la plantilla, la jornada laboral no podrá exceder las seis horas, las cuáles podrán dividirse en períodos de tres horas con una hora de descanso. 

Además, los menores de 18 años no podrán hacer horas extras ni laborar en los domingos ni en aquellos días que son de descanso obligatorio. En caso de que se haga caso omiso a esto y un menor trabaje tiempo extra, recibirá una compensación por el 200% más de lo que corresponde a los días de la jornada. Mientras que los domingos y los días de descanso obligatorio se pagarán con un salario doble por los servicios prestados

Aunque existan ocasiones en las que los horarios laborales de los trabajadores les permitan concluir con su trabajo en tiempo y en forma, también hay otras en las que estos son capaces de hacerlo mucho rápido. Es decir, no existe una relación directa entre tiempo de trabajo y productividad. 

La jornada laboral también está conformada por los días de descanso obligatorios. Los trabajadores tienen derecho a un día de descanso a la semana por 48 horas laboradas. Hay empresas que ofrecen descansar los días del fin de semana pero para llegar al conteo de horas trabajadas, de lunes a viernes se cubren nueve horas al día. 

Hoy en día y a raíz del trabajo remoto por la pandemia, muchos trabajadores que laboran desde casa están trabajando  de más debido a la carga de trabajo, baja concentración u otros factores. Es por ello que las empresas deben fomentar entre su plantilla que se respeten dichos horarios laborales para evitar que su personal caiga en casos de burnout o que se enfrente a problemas por la remuneración de horas extras.

Otro punto importante a tomar en cuenta de la jornada diurna es que en los casos donde haya un riesgo a la vida del trabajador, sus compañeros, del patrón o incluso hasta de la existencia de la empresa; la jornada de trabajo podrá extenderse con la finalidad de evitar estas circunstancias. 

Aunque la LFT establece las horas máximas para cada jornada de trabajo, esto no significa que deba cumplir con dichos tiempos. También está la posibilidad de que el trabajador y el patrón acuerden una jornada de trabajo reducida, es decir con menor tiempo al establecido como máximo por la ley. 


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