Ajuste mensual al subsidio causado

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El subsidio causado mensual o como también se le llama subsidio al empleo, es un apoyo que el Gobierno ofrece a aquellas personas que ganan un salario bajo mediante el pago de su nómina. A partir del 2020 el cálculo para el subsidio cambió. En este artículo te explicamos cómo se modifico y te enseñamos 6 pasos a seguir para realizar el cálculo de forma correcta.

A partir del 1º de enero del 2020 entró en vigor el nuevo apéndice 7 de la guía de llenado del CFDI de nómina.A pesar de entrar en vigor en 2020, fue el 14 de octubre de 2019 cuando el SAT publicó el nuevo apéndice 7, acerca del registro del ajuste del subsidio causado mensual.

Apéndice 7: “Procedimiento para el registro del ajuste del Subsidio para el empleo causado cuando se realizan pagos por períodos menores a un mes, este no podrá exceder de la que corresponda conforme a la tabla prevista en esta fracción para el monto total percibido en el mes de que se trate.”

Básicamente el párrafo nos habla de cómo realizar el cálculo. Bajo la ley, los cálculos para el concepto de subsidio al empleo se hacen de forma mensual, aunque te paguen de manera quincenal, decenal o semanal. Entonces, si en un mes te cayeron dos pagos (quincena) y en uno de esos pagos tienes derecho al subsidio, pero en el otro no, a final de mes con base en esas dos cantidades es que se va a realizar un ajuste. Esto lo abordaremos más adelante con más detalle.

Retomando lo anterior, este nuevo requerimiento que surge por la actualización en ley de dicho apéndice, nos da a entender que los patrones están obligados a realizar un cálculo de manera mensual. Dentro del cálculo se deberá considerar:

  • La base gravable de los ingresos del trabajador
  • Los importes de Subsidio Causado que fueron aplicados durante los periodos de nómina en caso de haberle correspondido o pagado

Una vez teniendo esos dos elementos se procederá a realizar el ajuste a las cantidades correctas.

¿Como realizar el ajuste de subsidio Causado?

Para realizar el cálculo nos basaremos en un ejemplo donde en la primera quincena al trabajador se le pagó un subsidio por un importe de 275.51.  Sin embargo, en la segunda quincena del mes el trabajador percibió un pago por comisiones por la cantidad de $5,000 por lo que los ingresos mensuales del trabajador se incrementaron.

Percepciones

Sueldo$ 1000.00 MN
Bono$ 5000.00 MN

Esto tiene como consecuencia que al trabajador ya no le corresponde el pago del subsidio causado brindado en la primera quincena de acuerdo a los ingresos mensuales y a la tabla mensual de subsidio, por lo que es obligación del patrón ajustar dicho pago de subsidio.

Para explicar esto con más detalle, realizaremos seis pasos para realizar dicho ajuste en los conceptos de nómina:

Primer Paso .- Para comenzar debemos analizar si nuestro ajuste corresponde a subsidio causado, analizando si el subsidio causado acumulado de nuestros periodos anteriores es mayor que el subsidio causado que corresponde en la tabla mensual de subsidio causado:

Datos acumulados de periodos anteriores:
ISR de tarifa acumuladoSubsidio causado acumuladoSubsidio pagado acumulado
62.80275.51212.71
Cálculo de la tabla mensual de ISR:
ISR de tarifa mensualSubsidio causado mensualISR a descontar
518.70217.61301.09
Diferencias acumulados Vs tabla mensual:
Diferencia ISR de tarifaDiferencia subsidio causadoISR
455.91-57.9513.81

Como podemos observar en el calculo de diferencias estamos obteniendo una diferencia de subsidio causado entregada de más en el acumulado por $275.51 vs lo que realmente le correspondía al trabajador de forma mensual por $217.61 por lo que se deberá realizar el ajuste por el subsidio causado entregado de más.

A continuación mostramos el resultado completo que se irá explicando a detalle:

Deducciones

002ISR$ 301.09 MN
002ISR$ 62.80 MN
107AJUSTE AL SUBSIDIO CAUSADO$ 57.90 MN
071AJUSTE AL SUBSIDIO (EFECTIVAMENTE ENTREGADO)$ 212.71 MN

Otros pagos

007ISR AJUSTADO POR SUBSIDIO$ 62.80 MN
008SUBSIDIO ENTREGADO QUE NO CORRESPONDÍA$ 57.90 MN

Segundo paso .- Ahora tenemos que revertir el subsidio causado que se otorgó de más por 57.90 Para ello se debe generar un concepto con la clave SAT de deducción 107. Ajuste al Subsidio Causado, reflejando el importe que se otorgó de más.

107AJUSTE AL SUBSIDIO CAUSADO$ 57.90 MN

Tercer paso.- Ahora que ya revertimos el subsidio causado que se otorgó de más es necesario reconocer el ISR que se dejó de retener por haber otorgado el subsidio para el empleo que no le correspondía al trabajador que en este ejemplo es por 62.80. Para registrarlo se debe generar un concepto con la clave SAT de Deducción 002, es adicional al ISR que se debe descontar por los ingresos del mes.

002ISR$ 62.80 MN

Cuarto Paso .-Al registrar el ISR por ajuste al subsidio mensual, se está aplicando nuevamente el descuento del importe, que ya está incluido en el importe de la clave 107 Ajuste al Subsidio Causado del catálogo de Deducciones SAT; por lo tanto, para que no se vea afectado el neto, se debe registrar un movimiento en el apartado de Otros Pagos con la clave SAT 007 “ISR ajustado por subsidio” con el importe de 62.80.

007ISR AJUSTADO POR SUBSIDIO$ 62.80 MN

Quinto Paso .- Se deberá registrar el concepto correspondiente al ajuste al subsidio efectivamente entregado que no correspondía que en este caso es por 212.71. Se debe identificar con la clave SAT de deducción 071 Ajuste en subsidio para el empleo.

071AJUSTE AL SUBSIDIO (EFECTIVAMENTE ENTREGADO)$ 212.71 MN

Sexto Paso.- El último paso se da debido a que el subsidio entregado ya se encontraba incluido en el concepto de Deducción 107 “Ajuste al Subsidio Causado”, por lo que para cancelar el importe del ajuste al subsidio entregado, se debe generar un movimiento con la clave SAT de Otros Pagos 008 con el importe que contenga la clave SAT de Deducción 071. Para este ejemplo es por 212.7

008SUBSIDIO ENTREGADO QUE NO CORRESPONDÍA$ 57.90 MN

Recuerda que esta nueva actualización a la ley únicamente se aplica y considera a empleados que tienen derecho al subsidio para el empleo. Es decir, para trabajadores que pertenecen al esquema de sueldos y salarios. A su vez es necesario que dichos trabajadores hayan obtenido un descuento menor de impuesto sobre la renta o que hayan percibido un pago de subsidio al empleo el cual al hacer el cálculo final por los ingresos del mes no era correspondiente. En otras palabras, solamente se debe realizar cuando se tiene que hacer el ajuste mencionado.

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