Recibes un mensaje del área de Recursos Humanos: hay una capacitación obligatoria el sábado a las 9 de la mañana, y la asistencia "cuenta". El problema es que tu jornada es de lunes a viernes y el sábado es tu día de descanso. ¿Pueden imponerte eso? ¿Te lo tienen que pagar? Esta es una de las dudas laborales más comunes en México, y la respuesta está bien delimitada por la ley.

La regla de fondo es sencilla: las capacitaciones, cursos y talleres deben programarse dentro de tu horario de trabajo. Si la empresa los coloca fuera de la jornada y exige tu asistencia, ese tiempo deja de ser "tu tiempo libre" y se convierte en tiempo de trabajo que debe compensarse. Aquí te explicamos por qué, con artículos de la Ley Federal del Trabajo (LFT) en la mano, y qué hacer si te están obligando.

¿Pueden obligarte a tomar cursos fuera de tu horario?

No de forma unilateral. La capacitación y el adiestramiento deben impartirse dentro de la jornada de trabajo (art. 153-E LFT). Solo pueden ofrecerse de otra manera si la persona trabajadora y el patrón lo acuerdan. Si te imponen un curso obligatorio fuera de tu horario sin ese acuerdo, esas horas cuentan como tiempo de trabajo y deben pagarse.

Imagina que trabajas de lunes a viernes: no pueden forzarte a tomar una capacitación los sábados o domingos. Y si tu jornada es de 9:00 a 18:00, tampoco pueden imponerte un curso a las 7:00 de la mañana o a las 20:00. La flexibilidad debe ser mutua: la formación es un derecho que la empresa tiene la obligación de darte, pero dentro del tiempo por el que ya te paga.

Esto no significa que toda formación fuera de horario sea ilegal. Significa que no puede ser impuesta. La diferencia entre lo que es obligatorio y lo que decides voluntariamente es justamente la que define si esas horas se pagan o no.

Qué dice la Ley Federal del Trabajo

La capacitación está regulada en los artículos 153-A a 153-X de la LFT. El 153-A reconoce tu derecho a recibir capacitación y adiestramiento; el 153-E ordena que se imparta dentro de tu jornada de trabajo, salvo acuerdo en contrario por la naturaleza del servicio. No es un favor de la empresa: es una obligación legal del patrón.

La LFT trata la capacitación como un derecho de la persona trabajadora y una obligación del patrón, no como un trámite opcional. Estos son los puntos que más te conviene conocer:

⚖️
La clave está en el artículo 153-EEl curso "dentro de la jornada" es la regla; "de otra manera" es la excepción, y esa excepción requiere acuerdo, no imposición. Un correo que dice "es obligatorio asistir el sábado" no es un acuerdo: es una orden unilateral.

Capacitación obligatoria vs. voluntaria: la diferencia clave

Si la asistencia es obligatoria o condiciona tu puesto, evaluación o permanencia, es tiempo de trabajo y debe pagarse cuando ocurre fuera de la jornada. Si tú eliges libremente tomar un curso fuera de tu horario, sin presión ni consecuencia por no hacerlo, es voluntario y no genera pago de horas extra.

La palabra que lo decide todo es voluntariedad. Para saber de qué lado está tu caso, hazte estas preguntas:

Si respondiste "sí" a cualquiera de las primeras tres, lo más probable es que estés ante una capacitación obligatoria, aunque la empresa la presente como "invitación". Y la capacitación obligatoria fuera de jornada se paga.

✓ Cómo distinguirlas en 1 minuto
  • Obligatoria: hay sanción por no ir, se pasa lista o es requisito del puesto.
  • Voluntaria: puedes decir que no sin ninguna consecuencia laboral.
  • Obligatoria fuera de jornada: se paga como tiempo extraordinario.
  • Voluntaria fuera de jornada: no genera pago, porque fue tu decisión.

¿Cómo se pagan las horas de capacitación fuera de jornada?

Cuando una capacitación obligatoria excede tu jornada, ese tiempo es trabajo extraordinario. Las primeras 9 horas extra a la semana se pagan al doble (100% adicional) y, a partir de ahí, al triple (200% adicional), según los artículos 67 y 68 de la LFT. Si cae en tu día de descanso, además aplica el pago de descanso laborado.

La LFT no tiene un renglón que diga "horas de curso", pero sí define cómo se paga todo el tiempo que trabajas por encima de tu jornada. La capacitación obligatoria fuera de horario entra en esa categoría:

Cómo se compensa el tiempo de capacitación obligatoria fuera de jornada
SituaciónBase legalPago aplicable
Curso que extiende tu jornada (primeras 9 hrs/semana)Art. 67 LFTDoble (100% adicional)
Curso que extiende tu jornada (más de 9 hrs/semana)Art. 68 LFTTriple (200% adicional)
Curso en tu día de descansoArt. 73 LFTSalario del día + 100% adicional

En otras palabras: si te obligan a un curso el sábado siendo tu día de descanso, no solo se trata de "recuperar" esas horas, sino de pagarlas con el recargo que la ley fija para trabajar en descanso. Si tu empresa prefiere darte tiempo compensatorio en vez de pago, eso también debe acordarse contigo, no imponerse.

💡
Documenta siempreGuarda el correo, mensaje o circular donde se te convoca al curso obligatorio fuera de horario. Esa evidencia es la que sostiene un reclamo de pago de horas extra o de tiempo trabajado en descanso.

Capacitación, jornada y registro de horas

Toda hora que trabajas, incluida la capacitación obligatoria, debe quedar registrada. Con la reforma de las 40 horas, la LFT obliga a las empresas a registrar electrónicamente la jornada, lo que vuelve aún más visible cualquier tiempo extra por cursos fuera de horario. Un registro confiable protege tanto a la persona trabajadora como a la empresa.

El tema de los cursos fuera de horario se conecta directamente con cómo se mide tu jornada. Si las horas no se registran, es muy difícil demostrar que un curso obligatorio te hizo trabajar de más. Por eso el control de asistencia importa: deja constancia de cuándo entraste, cuándo saliste y cuánto tiempo dedicaste a una actividad impuesta por la empresa.

Este punto cobra más fuerza con la reforma laboral de la jornada de 40 horas. El decreto publicado en el DOF el 1 de mayo de 2026 adicionó el artículo 132 fracción XXXIV de la LFT, que obliga al patrón a registrar electrónicamente la jornada de cada persona trabajadora. Las disposiciones generales de la STPS sobre ese registro entran en vigor el 1 de enero de 2027, y no cumplir puede acarrear multas de 250 a 5,000 UMA.

Para entender el panorama completo, te recomendamos leer nuestra guía de cumplimiento de la reforma de las 40 horas y el detalle del registro electrónico de jornada laboral. Ahí verás por qué medir bien el tiempo de trabajo, incluida la capacitación, deja de ser opcional.

Qué hacer si tu empresa te obliga

Pide por escrito que el curso se programe dentro de tu jornada o que se acuerde un horario y una compensación. Conserva toda la comunicación. Si la imposición continúa, puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), que orienta y representa gratuitamente a las personas trabajadoras.

No tienes que resolver esto solo ni a la primera de cambio. Sigue estos pasos en orden:

  1. Conoce tu jornada exacta. Revisa tu contrato y tu horario registrado para confirmar que el curso cae fuera de él.
  2. Pídelo por escrito. Solicita amablemente que la capacitación se programe dentro de tu horario o que se acuerden horario y compensación, por correo para dejar constancia.
  3. Documenta la imposición. Guarda mensajes, circulares y listas de asistencia que muestren que era obligatorio fuera de jornada.
  4. Acude a la PROFEDET. La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo ofrece asesoría y representación gratuitas si la situación no se resuelve internamente.

Y si eres tú quien gestiona la nómina o el área de RR. HH., la mejor defensa es la prevención: acuerda los horarios de capacitación, registra el tiempo y paga lo que corresponda. Una plataforma de nómina y asistencia te ayuda a calcular y dejar trazado ese tiempo extra sin errores.

Control de asistencia y registro de jornada FiscoClic

Preguntas frecuentes

¿Pueden obligarme a tomar cursos fuera de mi horario laboral?
No de forma unilateral. El artículo 153-E de la Ley Federal del Trabajo establece que la capacitación y el adiestramiento deben impartirse dentro de la jornada de trabajo. Solo puede impartirse de otra manera si, por la naturaleza de los servicios, patrón y persona trabajadora lo convienen. Si te imponen un curso obligatorio fuera de tu horario sin acuerdo, esas horas cuentan como tiempo de trabajo.
¿La capacitación fuera de jornada se paga como horas extra?
Sí. Si la asistencia es obligatoria y ocurre fuera de tu jornada, ese tiempo es tiempo de trabajo y debe pagarse como horas extraordinarias: 100% adicional las primeras 9 horas extra a la semana (doble) y 200% adicional (triple) a partir de ahí, conforme a los artículos 67 y 68 de la LFT.
¿Qué pasa si me niego a asistir a un curso fuera de mi horario?
No pueden sancionarte ni despedirte por negarte a un curso que se programó fuera de tu jornada sin tu consentimiento, porque la obligación legal es recibir la capacitación dentro del horario de trabajo. Documenta la negativa por escrito y conserva la comunicación donde se te impone el curso.
¿La capacitación voluntaria también debe pagarse?
Si tú decides libremente tomar un curso fuera de tu horario y no es un requisito impuesto por el patrón, no genera pago de horas extra. La clave es la voluntariedad: en cuanto la asistencia se vuelve obligatoria o condiciona tu puesto, deja de ser voluntaria y el tiempo debe compensarse.
¿Qué artículos de la Ley Federal del Trabajo regulan la capacitación?
La capacitación y el adiestramiento están regulados en los artículos 153-A a 153-X de la LFT. El 153-A reconoce el derecho a recibir capacitación; el 153-E ordena que se imparta dentro de la jornada de trabajo; y los artículos 66 a 68 fijan cómo se pagan las horas extraordinarias cuando ese tiempo excede la jornada.
FiscoClic People
Plataforma de gestión de nómina, asistencia y recursos humanos para empresas en México.