¿Qué es un contrato colectivo de trabajo?

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El tema del contrato colectivo de trabajo puede resultar incómodo para algunas empresas, porque toca un aspecto que tradicionalmente ha sido un sinónimo de problemas entre empresas y trabajadores. Y nos referimos a los sindicatos de trabajadores, una pieza que por ley es indispensable para poder llevarlos a cabo.  

Sabemos que los contratos laborales son de suma importancia porque establecen por escrito y de manera legal, las condiciones de la relación de trabajo que hay entre los empleadores y los trabajadores, lo cual puede fomentar la productividad y el buen ambiente de trabajo ¿Y qué empresa no quiere eso?

Para entrar de lleno en el tema, lo primero que vamos a hacer es definir este tipo de convenio.

¿Qué es el contrato colectivo de trabajo? 

Apegándonos a lo que dice Ley Federal del Trabajo, es un convenio que celebran uno o varios sindicatos de trabajadores, con uno o varios patronos, o uno o varios sindicatos de patronos, con el objetivo de fijar las condiciones de trabajo en un establecimiento o en una empresa.  

Este tipo de contrato de trabajo puede hacerse entre un sindicato con una sola empresa. Si es así, es solo aplicable a los trabajadores de esa empresa. 

Pero puede darse también el caso de que sea aplicable a varias empresas y para que eso ocurra, debe haberse realizado el acuerdo entre sindicatos y varias empresas o sindicatos de empresas, que hay que decir en México son muy pocos.

En este punto vale destacar que hay contratos colectivos de cobertura nacional, provincial o local.

Ahora bien, hay que precisar que según la ley, los trabajadores no se pueden poner de acuerdo y firmar con una o varias empresas un contrato colectivo. Es necesario que sea un sindicato de trabajadores que esté debidamente registrado ante la Secretaría del Trabajo y de la Previsión Social,  en el ámbito federal o también es válido que esté registrado en la Junta de Conciliación y Arbitraje, en el ámbito local.

Dicho de manera más clara, los contratos colectivos de trabajo solo se pueden hacer entre sindicatos de trabajadores y una o varias empresas o un sindicato que las agrupe. 

Hay varios aspectos que el departamento de recursos humanos (RRHH) debe considerar cuando se trata de hacer contratos de trabajo; pero este que les vamos a comentar, resalta entre todos los demás, y es que si en una empresa, uno o varios trabajadores que sean miembros de un sindicato desean un contrato colectivo y lo solicitan, la empresa está en el deber de aceptar ir a ese tipo de convenio y para ello deberá hacerlo a través del sindicato de trabajadores al cual pertenezca el empleado.

¿Qué te puede ocurrir como empresario o como gerente de RRHH, si no le haces caso a la solicitud de esos trabajadores? En ese caso los trabajadores tienen el derecho de hacer una huelga. Y este es un tema muy delicado, porque las huelgas llevan un trámite legal que puede durar hasta un mes y si no se trabaja, no se produce y si eso ocurre no hay ingresos. Situaciones de este tipo pueden llevar a la bancarrota a empresas que no puedan soportar una paralización de actividades, y esa es la presión que ejercen los sindicatos de trabajadores sobre las empresas.

Es un asunto que hay que enfrentar rápido y lo recomendable es cumplir con lo que establece la ley, que es atender al llamado del trabajador miembro del sindicato.

Existe la creencia, el rumor, de que hay que tener un mínimo de colaboradores para que la empresa se vea obligada a ir al convenio colectivo solicitado por un trabajador. La verdad es que solo basta con tener un colaborador que sea miembro de un sindicato de trabajadores y que este haga la petición.

Tal vez la confusión venga porque los sindicatos de trabajadores necesitan un mínimo de 20 personas para conformarse, según lo establecen las leyes mexicanas. Pero eso se refiere a los sindicatos, no a las personas morales o físicas que contraten a cualquier trabajador. Es de suma importancia que eso quede claro.

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Requisitos generales del contrato colectivo de trabajo

El artículo 391 de la Ley Federal del Trabajo, establece que deben contener:

  • Los nombres y domicilios de los contratantes. 
  • Las empresas y establecimientos que abarque. 
  • Duración, si es indeterminado, determinado o por obra. 
  • La jornada de trabajo. 
  • Días de descanso y vacaciones.
  • El salario o los tabuladores que se deben de asignar por cada puesto.
  • Las prestaciones que tendrán los trabajadores afiliados.
  • Las cláusulas relativas a la capacitación o adiestramiento de los trabajadores que ya están o van a ingresar a la empresa o establecimientos que comprenda.
  • Las bases sobre la integración y funcionamiento de las comisiones que deban integrarse de acuerdo con esta Ley; y,
  • Las demás estipulaciones que convengan las partes.

Hasta hace unos años había cláusulas de inclusión y exclusión. Esta última ha sido eliminada, ya no existe, porque se determinó que vulneraba los derechos del trabajador y era prácticamente un despido injustificado.

Es bueno saber que si algún punto obligatorio no se incluye en el contrato, como por ejemplo, la duración o los aguinaldos, se aplicará el mínimo que establece la ley; pero eso sí, bajo ningún concepto podrá realizarse el contrato colectivo de trabajo, sin establecer el salario.

Aprovechamos para decirte que uno de los requisitos importantes es que el sindicato de trabajadores debe contar con una constancia, en donde se pueda verificar que este cuenta con el apoyo de los trabajadores implicados en el convenio.

Una vez que cumpla con los requisitos, la autoridad da por admitido el contrato y emite acuerdo, lo considera sancionado. Así queda depositado para la Junta de Conciliación y Arbitraje y surte sus efectos. Ese contrato se hace por triplicado porque uno va a la empresa, otro al sindicato y otro a la autoridad.

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Ventajas del contrato colectivo de trabajo

Aunque este tipo de contrato busca ofrecerles mayores beneficios a los colaboradores, como mejoras salariales, más días de descanso, mejoras en vacaciones, entre otros, las empresas también tienen sus beneficios. 

La productividad se ve estimulada por los beneficios que los colaboradores reciben.

Hay un mejor control de los incrementos salariales porque hay un convenio entre las partes involucradas, por un lado las empresas y por el otro, los sindicatos que representan a los trabajadores. 

Es importante entender que esa relación no puede estar basada solo en los beneficios de los colaboradores, porque si los empresarios no ven ganancias, en poco tiempo no habrá empresas. De manera que hay que cuidar también a las empresas para que pueda haber trabajo. Es por eso que debe ser una negociación equilibrada y es más fácil ponerse de acuerdo con unos representantes de los trabajadores, que con todos los trabajadores.

Fíjate en este detalle tan interesante. Cuando una empresa tiene un contrato colectivo de trabajo depositado, evitará ser sorprendida por cualquier sindicato de trabajadores que solicite la iniciación de un trámite para llevar adelante un convenio colectivo. 

Esto se los comentamos porque muchos sindicatos estilan averiguar qué empresas no tienen contratos colectivos y se aprovechan de eso, por lo general ni siquiera conocen a los empleados, por lo que en realidad no los representan, es más una treta para iniciar un trámite y sumar miembros. Si la empresa tiene depositado su contrato, el trámite no procede. Vale destacar que el contenido de este tipo de documentos es de carácter  público.

Finalmente, podemos decir que el contrato colectivo de trabajo, es un instrumento que ofrece la legislación mexicana, que permite que los trabajadores cuenten con organizaciones que los representen para que hagan valer sus derechos y logren los mayores beneficios contractuales posibles. El conocimiento de su funcionamiento es esencial para cualquiera que tenga una empresa o para quien trabaje en RRHH. 

Las personas morales o jurídicas, tienen en este tipo de convenios la posibilidad de hacer acuerdos considerando los beneficios que otras empresas han usado con éxito para estimular la producción de sus trabajadores. Eso lo pueden hacer porque son documentos públicos.

Significa que cada nuevo convenio puede mejorar al anterior y eso llevará a que cada vez las relaciones entre empleadores y trabajadores sean más productivas.   Bueno para la empresa y para sus colaboradores.

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