¿Cuáles son las prestaciones de ley en México?

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El salario no lo es todo en un convenio de trabajo y eso es algo que deben tener claro, tanto el trabajador como el empleador. El primero porque debe conocer qué es lo que la ley establece como obligatorio que se le dé como beneficio, y el segundo porque además de cumplir con esas obligaciones de ley, puede mejorar su Marca Empleadora. 

Las Prestaciones Sociales es el tema a tratar en esta oportunidad. Las definiremos, veremos cuáles son las prestaciones de ley en México, y por supuesto sobre qué pasa si el patrono no cumple con ellas.

¿Qué son las Prestaciones Sociales?

En el plano laboral, son los beneficios adicionales al salario, que obtiene un trabajador de su patrón y pueden ser en dinero y especies. Además, se puede agregar que unas tienen un carácter legal y otras son de carácter supralegal. 

¿Qué quiere decir esto? Significa que algunas son obligatorias por ley, mientras que otras son parte de prestaciones adicionales al salario que un empleador ofrece a sus trabajadores, con la intención de brindarle mayor grado de bienestar. Es de hacer notar, que ese convenio también es legal, porque el patrono se compromete a cumplir con lo ofrecido, si el colaborador cumple con las condiciones para obtener cada beneficio.

Estas prestaciones no obligatorias son las que marcan la diferencia entre una empresa y otra. El departamento de Recursos Humanos (RRHH), tiene mucho que ver con eso, porque es el que diseña la oferta. Mostrando tanto a los empleados internos como a los potenciales, por qué es mejor trabajar en su empresa y no en otra. Es una forma de atraer y retener al mejor talento y es algo que no se debe descuidar.

Los cálculos de las prestaciones también son un asunto de alto interés para RRHH. Afortunadamente existen programas informáticos especializados, rápidos y con una buena relación costo beneficio, que le permiten al departamento tener resultados más eficientes. Evitando fallas en bonos producto de metas alcanzadas, cálculo de seguridad social, entre otros.

En el ámbito laboral, es prudente aclarar que los cálculos para las prestaciones se hacen en base a 30 días por mes y 360 días  por año. Quienes tienen derecho a este beneficio son los asegurados, los pensionados y los beneficiarios de estos dos.

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¿Cuáles son las prestaciones de ley en México? 

La ley mexicana establece como prestaciones sociales obligatorias:

  • Las Vacaciones. Son ese descanso que tiene por derecho cada colaborador una vez al año y que comienza siendo de 6 días el primer año de trabajo, para ir aumentando progresivamente según los tiempos que establece la ley y llegar a un tope de 12 días para después incrementar 2 días cada 5 años.

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  • La Prima Vacacional. Es otra prestación obligatoria y es un monto en dinero que representa el 25 % del salario que recibe en los días asignados. Por ejemplo, para alguien que cumplió su primer año de trabajo y toma sus vacaciones, recibirá 6 días y la prima será del 25% sobre los 6 días de vacaciones que disfrutará el trabajador
  • Ahora hablemos del Aguinaldo. Un beneficio de 15 días de salario que recibe el colaborador cada diciembre, siempre que tenga un año laborando. Si tiene menos se hace un prorrateo (parte proporcional) de los días que ha trabajado.
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  • El Pago de Utilidades o PTU, es otro beneficio obligatorio que deben cumplir los empleadores con sus trabajadores y que implica la repartición entre los colaboradores del 10% de las ganancias de la empresa. Obviamente, solo se da si la empresa tuvo ganancias. En el caso de que los números del ejercicio anual estén en rojo, no habrá nada que puedan repartir.
  • Otro beneficio obligatorio por ley, es el que se refiere a los Días de Descanso. La LFT establece que por cada 48 horas de jornada le corresponde al trabajador un día de descanso. Eso en el caso de que el empleado trabaje 8  horas al día de lunes a viernes. Pero por lo general se trabaja el sábado media jornada y no es raro que empresas den sábado y domingo libres. 

Es importante destacar que ese día de descanso puede ser otro, si se establece en un convenimiento entre trabajador y el patrón.

Por ejemplo, una empresa de servicios recreativos prefiere que sus empleados trabajen un domingo y puede negociar con sus colaboradores, que sus días libres sean los lunes. En esa misma empresa, el personal administrativo puede tener el día domingo de descanso, porque no se requiere que trabaje ese día para la operatividad del negocio.

  • La Prima Dominical. Este es un beneficio que deberá recibir todo colaborador si trabaja el día domingo y significará un incremento del 25% en el pago de lo que recibe regularmente por jornada de trabajo diario. Es algo que no se negocia, si se trabaja el domingo como en el ejemplo de la empresa de recreación de la que acabamos de hablar, igual la empresa está obligada a pagarlo.
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  • Es muy importante también que sepamos que la Licencia de Maternidad, es una prestación obligatoria. Este tipo de incapacidad que da el Instituto Mexicano de Seguridad Social (IMSS), les otorga a las mujeres 6 semanas de licencia antes del parto y 6 después de él. En ese tiempo gozarán del beneficio de recibir su sueldo.
  • Otro beneficio obligatorio que viene de la mano del anterior, es el de Lactancia Materna y se refiere al derecho que tienen las madres de tener un período de lactancia para sus bebés, que es establecido en dos descansos de 30 minutos cada uno durante su jornada de labores diarias. 

La adecuación de los espacios y la logística para este fin, hacen que este beneficio no se cumpla del todo como está establecido. Es por eso que muchas empresas reducen en una hora la jornada diaria de esa trabajadora y el período considerado es en promedio de unos 180 días.  

  • La ley también establece como una prestación social obligatoria la Licencia de Adopción, por lo que  las mujeres que adopten podrán gozar de los beneficios de salario, durante las 6 semanas que reciben de descanso. Los hombres por su parte, recibirán el beneficio obligatorio de descanso por 5 días, tanto si tienen licencia por paternidad o por adopción.
  • Es obligatoria la Seguridad Social. Todo patrono debe dar de alta a sus colaboradores en el IMSS. Eso les garantizará la atención a los asuntos de salud, ayudas por incapacidad, entre otras.
  • La Prima de Antigüedad, es otra prestación que recibe el colaborador luego de cumplir 15 años laborando en la misma empresa. Cabe señalar que se le pagan al empleado, por cada año de trabajo, la cantidad de 12 días de sueldo, y en caso de que el sueldo diario sea mayor a 2 salarios mínimos, se realizará el pago sobre dicho límite. El colaborador pierde este derecho si llega a renunciar; no así en cualquier otro caso, como despido o jubilación.

Entre las prestaciones supralegales, se pueden mencionar algunas como vales de despensa, bonos, seguros de vida, vacaciones extras, apoyo para la formación educativa, equipos tecnológicos, entre otros. 

Estas son obligaciones que se establecen de manera adicional a las que exige la ley y que ya hemos mencionado. Es de hacer notar que al estar asentadas en un contrato individual de trabajo o en uno colectivo y cumplir con lo establecido para su debida formalidad legal, el patrono se obliga a cumplirlas.

¿Qué pasa si no se cumple con el pago de prestaciones?

El incumplimiento de las prestaciones obligatorias por  ley, pueden llegar a terminar en multas y sanciones que están señaladas en la LTF para los patronos.

Los trabajadores pueden acudir a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo o a la Asociación Mexicana de Empresa de Capital Humano, para reclamar el incumplimiento de pago de prestaciones sociales obligatorias y abrir un trámite de ser necesario.

Como conclusión se puede decir que las Prestaciones Sociales son beneficios en dinero y especies, que son adicionales al salario que reciben los trabajadores por ley. A estas, que son obligatorias, pueden sumársele otras prestaciones que ofrece cada empresa como una forma de hacerse más atractivas, para retener a los trabajadores que ya tiene o para atraer a nuevos postulantes. 

Cuando en una empresa Recursos Humanos tiene un buen paquete de prestaciones sociales como atractivo diferenciador en su estrategia de employer branding, las posibilidades de captar y retener el talento humano de mejor calidad, aumenta. Haciendo a la empresa más productiva y mejorando su marca en el ambiente de negocios en el que esta se encuentra.

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