Al igual que los trabajadores, las empresas tienen derechos que están respaldados en la Ley Federal del Trabajo. Uno de ellos es el despido justificado, aquí conocerás todo sobre él y cómo es que aplica dentro del marco legal.

¿Qué es un despido justificado?

Un despido justificado es la rescisión del contrato de trabajo y con ello el termino de la relación laboral entre una persona y una organización, por una razón justificada bajo el marco de la ley.

El artículo 46 de la Ley Federal del Trabajo hace mención del despido justificado diciendo que “el trabajador o el patrón podrá rescindir en cualquier tiempo la relación de trabajo por causa justificada, sin incurrir en responsabilidad”. 

¿En qué se fundamenta el despido justificado?

El despido justificado debe realizarse conforme a ciertos parámetros que están fundamentados dentro de la Ley Federal del Trabajo en su Capítulo IV “Rescisión de las relaciones de trabajo” que prácticamente menciona lo siguiente: 

Es importante mencionar que por despido justificado el patrón no tiene la responsabilidad de entregar una liquidación o de reintegrarlo a su puesto. Sin embargo, el trabajador tiene derecho a presentar una solicitud ante la Junta de Conciliación y Arbitraje para pedir que sea reinstalado al trabajo que desempeñaba, o que se le indemnice con tres meses de sueldo, en caso de que la empresa despida justificadamente, pero se presenten pruebas fehacientes que demuestren lo contrario (Artículo 48). 

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¿Qué derechos tiene un trabajador que despiden justificadamente?

Si se trata de despido justificado, la responsabilidad del patrón depende directamente del motivo o los motivos que mencionamos anteriormente por los cuales se despida al colaborador. En caso de que el colaborador sea despedido por una causa que no viene mencionada dentro del Artículo 47 de la LFT, podrá ser tomado como despido injustificado –en este caso le correspondería una liquidación–.

Los trabajadores que despiden justificadamente tienen derecho a un finiquito, el cual estará conformado por los siguientes elementos por ley (Art. 87, 76, 79, 80, 162 LFT): 

A su vez se deben integrar las partes proporcionales y los sueldos no pagados que corresponderían al finiquito. 

Comparte esta información con tus colegas y/o amigos para que puedan informarse más sobre el despido justificado.

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