Acabas de contratar a tu primer trabajador y, antes de pagar la primera nómina, te topas con un requisito que nadie te explicó del todo: el registro patronal. Sin él no puedes inscribir a nadie ante el IMSS, no puedes cubrir las cuotas obrero-patronales y, en el peor escenario, te expones a multas. La buena noticia es que el trámite es gratuito y, hoy en día, puedes resolverlo en línea el mismo día. En esta guía te explicamos qué es, cómo se compone, qué documentos necesitas y los tres caminos para obtenerlo paso a paso.

Registro Patronal, ¿qué es?

El registro patronal es el número de identificación que el IMSS asigna a toda persona física o moral que contrata trabajadores, y es la llave para inscribirlos en la seguridad social. El artículo 15 de la Ley del Seguro Social lo establece como una obligación del patrón, y debe tramitarse dentro de los 5 días hábiles siguientes al inicio de la relación laboral.

El registro patronal, como su nombre lo indica, consiste en el registro que deben hacer las personas físicas o morales que estén dadas de alta como patrón. En el artículo 15 de la Ley del Seguro Social (LSS) se establece que el registro patronal es una de las obligaciones del patrón ante el Instituto.

De acuerdo con el artículo 12 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, este registro debe realizarse cuando:

  1. Comienzas a utilizar los servicios de uno o varios trabajadores.
  2. La organización se constituye como una sociedad cooperativa.
  3. Inicia la vigencia de un convenio de incorporación voluntaria al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

El registro patronal está conformado por 11 dígitos y cuenta con una estructura como la siguiente:

000-00001-23-4

Características del Registro Patronal

El registro patronal se descompone en cuatro partes: 3 dígitos del municipio, 5 del número progresivo, 2 de la modalidad de cotización y 1 dígito verificador. Como los primeros dígitos dependen del municipio, una empresa con sucursales en varios estados puede tener varios registros patronales, salvo que solicite un registro patronal único.

Como los 3 primeros dígitos del registro patronal dependen del municipio en el que operas, un patrón puede tener tantos registros como sucursales tenga a lo largo del país. Es decir, si cuentas con 20 tiendas repartidas en diferentes estados, podrías llegar a tener hasta 20 registros patronales distintos.

Para evitar confusiones, también es posible contar con un registro patronal único que unifique el manejo. Para ello necesitas realizar el trámite correspondiente ante el IMSS y cumplir los requisitos que el Instituto solicita.

¿Cómo puedo obtener mi Registro Patronal?

Existen tres formas de obtener tu registro patronal: completamente en línea, mixta (pre-registro en línea y conclusión en la Subdelegación) o totalmente presencial. La vía en línea está disponible los 365 días del año y solo requiere CURP, e.firma (FIEL) y un correo electrónico para resolverse el mismo día.

Actualmente existen tres formas de obtenerlo. A continuación te las explicamos.

  1. En línea: Puedes registrarte como patrón en línea a cualquier hora, los 365 días del año. Solo tienes que ingresar al portal del IMSS, en la sección Solicitud de número de Registro Patronal. Para crear tu cuenta necesitas tu CURP, e.firma (FIEL) y un correo electrónico.
  2. Presencial y en línea (mixta): Otra opción es hacer el pre-registro en línea y concluir el trámite en la Subdelegación del IMSS correspondiente a tu domicilio o sucursal.
  3. Presencial: Si lo prefieres, puedes hacer todo el trámite en la Subdelegación del IMSS que corresponda al domicilio del patrón o de la sucursal en cuestión. El horario de atención suele ser de 08:00 a 15:30 horas en días hábiles.

Una vez que termines el trámite del registro patronal, deberás recibir los siguientes documentos:

💡
Más allá del alta: tu obligación de registrar la jornadaUna vez que eres patrón, además de cotizar ante el IMSS también debes registrar electrónicamente la jornada de tu personal conforme a la reforma laboral de las 40 horas. Tenerlo automatizado desde el primer día te ahorra problemas más adelante.

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Documentos para tramitarlo en línea

Para tramitar el registro patronal en línea necesitas comprobante de domicilio del patrón, las hojas clave del poder notarial y de la escritura o acta constitutiva (con el nombre del representante legal), y tu e.firma (FIEL) vigente. Una persona física que contrata trabajadores puede hacerlo solo con su CURP y e.firma, sin acta constitutiva.

Los documentos que necesitas varían según el medio por el que realices la solicitud. En el caso del trámite en línea vas a necesitar:

Requisitos del trámite presencial

Para el trámite presencial ante la Subdelegación del IMSS necesitas el RFC del domicilio fiscal, comprobante de domicilio del centro de trabajo, croquis de ubicación, escritura o acta constitutiva, poder notarial, identificación oficial, RFC y CURP del representante legal, y el formato ARP-PM firmado ante el personal del Instituto.

Para concluir el trámite de forma presencial, prepara la siguiente documentación (original y copia donde se indica):

  1. Copia del RFC del domicilio fiscal y/o aviso de apertura de establecimiento.
  2. Original y copia del comprobante de domicilio del lugar de trabajo.
  3. Original del croquis de ubicación del domicilio del centro de trabajo.
  4. Original y copia de la Escritura Pública o Acta Constitutiva con el sello del Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
  5. Original y copia del poder notarial para actos de dominio, de administración o poder especial en el que se especifique que se pueden realizar toda clase de trámites y firmar documentos ante el IMSS.
  6. Original y copia de la identificación oficial vigente del representante legal.
  7. Copia del RFC del representante legal.
  8. Copia de la CURP del representante legal.
  9. Formato de "Aviso de Registro Patronal de Personas Morales en el Régimen Obligatorio (ARP-PM)" impreso por el personal del Instituto. Este formato deberá firmarlo el patrón al momento del trámite, en presencia de la persona que le atiende.
  10. Original y dos copias del formato "Aviso de Inscripción del Trabajador" previamente llenado. Solo se presenta cuando además se inscribe a los trabajadores.

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¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite del registro patronal ante el IMSS es completamente gratuito, tanto en línea como de forma presencial. No necesitas pagar ni contratar gestores para obtenerlo; el único costo real aparece después, en las cuotas obrero-patronales que se generan al tener trabajadores inscritos.

Afortunadamente, este procedimiento ante el IMSS es gratuito, así que no necesitas invertir para obtener el registro patronal de tu empresa. Lo que sí conviene es tener listo el resto de tu operación de nómina antes de inscribir a tu primer trabajador.

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Preguntas frecuentes

¿El registro patronal es obligatorio?
Sí. El artículo 15 de la Ley del Seguro Social establece el registro patronal como una de las obligaciones del patrón. En cuanto contratas a tu primer trabajador, estás obligado a registrarte ante el IMSS dentro de los 5 días hábiles siguientes al inicio de la relación laboral.
¿Cuánto tarda en obtenerse el registro patronal?
Si realizas el trámite en línea con tu CURP, e.firma (FIEL) y correo, el número de registro patronal se genera el mismo día. La modalidad presencial en la Subdelegación del IMSS también suele resolverse en una sola visita si llevas toda la documentación completa.
¿Cuál es la diferencia entre el registro patronal y el RFC?
El RFC lo emite el SAT y te identifica para efectos fiscales. El registro patronal lo emite el IMSS y te identifica como patrón para inscribir y cotizar a tus trabajadores ante la seguridad social. Son trámites distintos ante autoridades distintas, y necesitas ambos para operar con personal.
¿Puedo tener un solo registro patronal para varias sucursales?
Por regla general tienes un registro patronal por municipio donde operes, así que una empresa con sucursales en varios estados puede llegar a tener varios. Sin embargo, puedes solicitar al IMSS un registro patronal único para unificar el manejo si cumples los requisitos del trámite correspondiente.
¿Una persona física con trabajadores necesita registro patronal?
Sí. No importa si eres persona física o moral: desde que utilizas los servicios de uno o más trabajadores te conviertes en patrón y debes obtener tu registro patronal ante el IMSS. La persona física tramita en línea con su CURP y e.firma sin necesidad de acta constitutiva.
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