Tus colaboradores quieren ahorrar, pero ahorrar por cuenta propia casi nunca sucede: el dinero "desaparece" antes de fin de mes. El fondo de ahorro resuelve justo eso, y de paso te da una prestación deducible de impuestos. En esta guía verás qué es, cómo se calcula paso a paso y hasta qué monto está exento de ISR.

Ahorrar es sinónimo de previsión: permite enfrentar emergencias económicas, construir un patrimonio a largo plazo y aprovechar oportunidades (un negocio, una inversión). Sin embargo, en México ahorrar de forma constante sigue siendo la excepción y no la regla.

Los resultados de la Encuesta Nacional de Inclusión Financiera (ENIF) del INEGI muestran el problema con claridad:

Por eso una prestación que vuelve el ahorro algo automático tiene tanto valor. Antes de entrar en números, conviene distinguir los dos tipos de ahorro que existen:

¿Qué es el fondo de ahorro?

El fondo de ahorro es una prestación superior a la ley en la que el trabajador aporta un porcentaje de su salario y la empresa iguala esa misma cantidad. No es obligatorio según la Ley Federal del Trabajo: si la empresa decide otorgarlo, el dinero se acumula durante el año y se entrega en la fecha pactada en su reglamento.

Para incentivar el ahorro, en México existe una prestación otorgada por las empresas llamada fondo de ahorro. Consiste en una aportación del colaborador que es igualada por el patrón. Ojo: el fondo de ahorro no está contemplado como prestación de ley, por lo que ninguna empresa está obligada a darlo. Cuando se otorga, se considera una prestación por encima de la ley.

Es una prestación muy atractiva porque ahorrar es difícil, y hacerlo de forma automática y constante representa un beneficio extra: el colaborador recibe una buena suma sumando su parte y la de la empresa. Además, al descontarse de forma fija de la nómina, el empleado deja de considerar ese dinero para sus gastos del día a día y aprende a vivir sin él.

¿Cómo funciona y qué reglas debe fijar la empresa?

La empresa debe documentar el fondo de ahorro en un reglamento dentro de su plan de previsión social. Ahí define la fecha de entrega, si se permiten retiros anticipados, si se paga de forma anual o al cierre de la relación laboral y el porcentaje de aportación, que debe ser idéntico para trabajador y patrón.

Si la empresa decide establecer el fondo de ahorro como una de sus prestaciones, debe dejar por escrito ciertos estatutos para que sea válido y deducible:

⚠️
Cuida los retiros anticipadosPara que el fondo conserve su tratamiento fiscal favorable, el reglamento no debe permitir más de dos retiros al año. Si los empleados pueden disponer del dinero libremente en cualquier momento, el SAT y el IMSS pueden considerar que no es un verdadero fondo de previsión.

Llevar el control de las aportaciones, los retiros y el reflejo correcto en cada recibo es justo donde un buen sistema de nómina te ahorra horas y errores.

¿Cómo se calcula el fondo de ahorro?

El cálculo es directo: se aplica el porcentaje acordado al salario del trabajador para obtener su aportación, y la empresa aporta la misma cantidad. La suma de ambas partes es el fondo de ahorro total. Lo importante no es el cálculo de la suma, sino verificar cuánto de la aportación patronal queda exento de ISR.

El Artículo 27 fracción XI de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) establece que, para que las aportaciones al fondo de ahorro sean deducibles, deben formar parte de un plan de previsión social y cumplir lo siguiente:

Veamos dos ejemplos con la UMA vigente en 2026 ($117.31 diarios). El tope anual exento es 1.3 × $117.31 × 365 = $55,663.60.

Ejemplo 1: aportación dentro del tope exento

Ana tiene un salario anual devengado de $216,000 y su empresa ofrece el fondo de ahorro con una aportación del 10%.

Ejemplo 1 — Fondo de ahorro al 10% sobre $216,000 anuales
ConceptoMonto
Salario devengado anual$216,000.00
Aportación de Ana (10%)$21,600.00
Aportación de la empresa (10%)$21,600.00
Total del fondo de ahorro$43,200.00
UMA 2026 (diaria)$117.31
Tope exento: 1.3 veces la UMA elevada al año$55,663.60
Aportación patronal exenta$21,600.00
Monto gravado para ISR$0.00

Como la aportación de la empresa ($21,600) es menor que el tope exento ($55,663.60), todo queda exento: el fondo de ahorro le llega íntegro a Ana porque no se le descuentan impuestos.

Ejemplo 2: aportación que rebasa el tope exento

Ahora Carlos tiene un sueldo más alto, de $600,000 anuales, y su empresa aporta el 13% (el máximo permitido).

Ejemplo 2 — Fondo de ahorro al 13% sobre $600,000 anuales
ConceptoMonto
Salario devengado anual$600,000.00
Aportación de Carlos (13%)$78,000.00
Aportación de la empresa (13%)$78,000.00
Total del fondo de ahorro$156,000.00
UMA 2026 (diaria)$117.31
Tope exento: 1.3 veces la UMA elevada al año$55,663.60
Aportación patronal exenta$55,663.60
Monto gravado para ISR$22,336.40

Aquí la aportación de la empresa supera el tope, así que una parte está exenta y otra no. Por los $22,336.40 que exceden el límite de 1.3 veces la UMA, Carlos deberá pagar ISR sobre ese excedente.

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Topes fiscales y deducibilidad ante el ISR

Para que el fondo de ahorro sea deducible para la empresa y exento para el trabajador deben cumplirse tres condiciones: aportaciones iguales entre patrón y trabajador, que no superen el 13% del salario y que la parte patronal no rebase 1.3 veces la UMA elevada al año (unos $55,663.60 en 2026). Lo que exceda ese tope es gravable.

El tratamiento fiscal favorable es lo que vuelve tan eficiente a esta prestación: la empresa deduce su aportación y el trabajador la recibe sin ISR, siempre dentro de los límites. Recuerda dos puntos clave para no perder el beneficio:

💡
La UMA cambia cada añoEl tope exento se recalcula con la UMA que publica el INEGI cada febrero. Usa siempre el valor vigente del ejercicio fiscal en curso para que tu cálculo del monto exento sea correcto.

Ventajas del fondo de ahorro para empresa y trabajador

El fondo de ahorro beneficia a ambas partes: el trabajador duplica su ahorro con la aportación de la empresa y lo recibe sin impuestos hasta el tope legal, mientras que la empresa deduce el gasto y fortalece su salario emocional. Por cada peso que ahorra el colaborador, la empresa pone otro.

Incentivar el ahorro con un fondo como prestación por encima de la ley es una buena práctica: las personas aprenden a ahorrar sin que se sienta un sacrificio. También suma al salario emocional, porque saber que por cada peso aportado la empresa pone otro genera una sensación de apoyo y seguridad.

✓ Lo esencial del fondo de ahorro
  • Es una prestación superior a la ley: no es obligatoria, pero muy valorada.
  • El trabajador y la empresa aportan la misma cantidad.
  • La aportación no debe exceder el 13% del salario.
  • Está exento de ISR hasta 1.3 veces la UMA elevada al año (~$55,663.60 en 2026).
  • El excedente sobre ese tope es 100% gravable para ISR.
  • No debe permitir más de dos retiros al año para conservar su tratamiento fiscal.

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Preguntas frecuentes

¿El fondo de ahorro es obligatorio por ley?
No. El fondo de ahorro no está contemplado como prestación de ley en la Ley Federal del Trabajo, por lo que ninguna empresa está obligada a otorgarlo. Cuando una empresa decide darlo, se considera una prestación superior a la ley y debe formalizarse dentro de un plan de previsión social.
¿Cuánto puede aportar la empresa al fondo de ahorro?
La empresa debe aportar exactamente la misma cantidad que el trabajador y la aportación no puede exceder el 13% del salario del empleado. Además, para ser deducible y exenta, la aportación patronal no debe rebasar el equivalente a 1.3 veces la UMA elevada al año, conforme al Artículo 27 fracción XI de la LISR.
¿El fondo de ahorro paga ISR?
La aportación de la empresa está exenta de ISR hasta el tope de 1.3 veces la UMA elevada al año (aproximadamente $55,663.60 en 2026). El monto que exceda ese tope se considera 100% gravable y causa ISR para el trabajador.
¿Cada cuándo se entrega el fondo de ahorro?
Lo define la empresa en el reglamento del fondo. Lo más común es entregarlo de forma anual o al término de la relación laboral. También debe quedar por escrito si se permiten retiros anticipados, ya que retirar más de dos veces al año puede poner en riesgo la deducibilidad fiscal.
¿El fondo de ahorro integra para el salario base de cotización del IMSS?
No integra al salario base de cotización siempre que cumpla los requisitos del Artículo 27 de la Ley del Seguro Social: que el trabajador y la empresa aporten lo mismo, que el monto sea razonable y que no se permitan retiros más de dos veces al año. Si no se cumplen estas condiciones, sí integra al SBC.
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